Se configura la
reincidencia cuando un condenado que cumplió total o parcialmente pena
privativa de libertad, comete un nuevo delito punible con la misma clase de
pena antes que haya transcurrido un cierto plazo. Reincidir significa recaer en
el delito, Sin mayores esfuerzos intelectuales, podemos sostener que la
declaración de reincidencia es la derivación necesaria de una condena anterior la
cual cobra nueva vigencia, que es actualizada en la condena posterior, para
agravar la situación de la persona. Gráficamente se podría decir que la condena
anterior es colocada en la cuenta de quién es sometido a la segunda condena. Situación
en que se encuentra el autor de un delito que habiendo sido juzgado y condenado
con sentencia ejecutoriada, en territorio nacional o extranjero, comete otro
delito, en el plazo de 5 años, desde el cumplimiento de su condena (CP, 41). La Reincidencia se encuentra Tipificado en el
Título IX en los Artículos 100 al 102.
Sintetizando, la reincidencia agrava la pena, no porque agrave el delito cometido, sino porque al autor lo hace merecedor de una pena mayor que la normal; para algunos, porque esa pena es insuficiente en relación con su sensibilidad; para otros, porque la recaída del autor en el delito a pesar de la condena anterior, demuestra su mayor rebeldía frente a la ley penal y así, su mayor peligrosidad delictiva.
Sintetizando, la reincidencia agrava la pena, no porque agrave el delito cometido, sino porque al autor lo hace merecedor de una pena mayor que la normal; para algunos, porque esa pena es insuficiente en relación con su sensibilidad; para otros, porque la recaída del autor en el delito a pesar de la condena anterior, demuestra su mayor rebeldía frente a la ley penal y así, su mayor peligrosidad delictiva.
Cabe destacar que Existen
otros tipos de reincidencia que se denomina la multi reincidencia consagrada en
el artículo 101 del Código Penal, el cual existen dos o más sentencias condenatorias
definitivamente firmes. En este caso el efecto es la aplicación de la pena pero
aumentada en la mitad.
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