martes, 30 de septiembre de 2014

PERTURBACION MENTAL

Desde la historia la perturbación mental yéndonos a la teoría de Freud mas o menos de 1898, este expone concretamente su teoría de la seducción , caracterizada como un trauma real en la infancia de las pacientes histéricas. Esta teoría freudiana puede considerarse punto de partida de un filón de la investigación sobre las perturbaciones mentales que fundamentalmente arranca de la idea de una falta de competencia de los padres y, por lo tanto, del tema primario del paciente como víctima . Haciendo acotación de que las enfermedades mentales de perturbación mental tienen un origen , y que como señala la teoría de Freud su origen puede estar en la infancia.

Mas sin embargo , es necesario acotar que , la perturbación mental por embriaguez Arteaga Sánchez sostiene la posibilidad, en los supuestos de embriaguez crónica, embriaguez aguda patológica, embriaguez aguda involuntaria y embriaguez aguda voluntaria accidental, de un pronunciamiento de inimputabilidad si es que concurre, claro está, alguno de los efectos alternativos previstos en el artículo 62.
Enseña Arteaga Sánchez que son inimputables los casos de ebriedad patológica o cuando estén presente las manifestaciones psicóticas graves que le son características (delirium tremens, alucinosis, etc.); además de la ebriedad fortuita que es cuando la perturbación mental ocasionada por la embriaguez no implica la actuación consciente y libre del sujeto ni en el momento de embriagarse ni en el momento del hecho.


     Tomando así mismo en consideración , que en cuanto a la perturbación mental por embriaguez debe seguirse el procedimiento establecido de manera taxativa en el Código Penal donde se
supone no una embriaguez cualquiera, sino la demostración de un estado de profunda perturbación mental que, sosteniendo que no puede consistir en una simple excitación producida por el alcohol, sino en una embriaguez plena, total, completa y no semiplena, parcial, incompleta o relativa. debe tratarse, para ser aplicable el artículo 64, de un estado de perturbación mental derivado de ebriedad, que compromete gravemente la conciencia o la libertad de los actos del sujeto.


Perturbación mental por embriaguez

·         Embriaguez: Hernando Grisanti Aveledo señala: Que en nuestro medio es frecuente la perturbación mental por embriaguez y constituye la mayor causa de criminalidad.Al respecto señala que los actos de homicidio, robo, violación, lesiones y riñas son cometidos por ebrios y el aguardiente es el estimulante buscado para llevarlos a cabo. En Venezuela lamentablemente no existen establecimientos destinados a la corrección de ebrios, se trata entonces de que el juez haga uso de ella, convirtiéndose la pena corporal en una medida de seguridad.

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