En el artículo 77 del Código
Penal Venezolano en sus 20 numerales está tipificado cuales son las circunstancias agravantes de
todo hecho punible. También tenemos como causas agravantes como lo son la reincidencia y
las agravantes especiales.
Agravantes especiales: Se
encuentran tipificadas en el libro segundo del Código Penal Venezolano y son
aquellas que están en contra la Independencia y Seguridad de la Nación,
Traición a la Patria, delitos contra los Poderes Nacionales y del Estado.
También tenemos los concursos y un ejemplo de cada uno
·
Concurso Real o Material: Es la pluralidad de actos en una misma
sentencia. En el concurso real, cuando un agente, buscando un determinado
resultado, ejecuta diversas acciones, cada una de ellas un distinto tipo penal, las penas
de cada uno de estos delitos pueden unificarse.
Por ejemplo: Un ladrón decide robar un banco. Mientras escapa,
se enfrenta con un policía, al que le quita la vida. El ladrón ha cometido por
lo menos dos tipos penales: el robo y el homicidio. Ya en el juicio penal, para
efectos de simplicidad procesal, se hace un solo juicio donde se le imputan
ambos delitos, formando así un concurso real.
· ·
Concurso Ideal: Cuando con una sola acción se cometen varios tipos delictivos
homogéneos
Ejemplo: (la bomba del terrorista que mata a
varias personas)
O
heterogéneos
Ejemplo: (la bomba mata y produce daños
materiales).
Se da una
aparente unidad de acción y pluralidad de delitos.
Para que
pueda ser un concurso ideal tiene que dar lugar a la realización de varios
tipos delictivos es decir dos o más infracciones, por lo que el hecho
voluntario único debe abarcar pluralidad de fines. Matar a varias personas con
una bomba.
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